La Red de Litigantes LGBTI+ de las Américas celebra la sentencia de la Corte Constitucional de Ecuador que reconoce el derecho a la identidad de género de Amada, una niña ecuatoriana


He 6 de abril de 2026 the Constitutional Court of Ecuador, luego de casi seis años de tener conocimiento del caso, emitió la sentencia 1313-19-JP/26. En ella reconoce el derecho a la identidad de género de Amada y ordena al Registro Civil modificar su nombre y sexo conforme a su identidad autopercibida.

El caso Amada: ocho años de lucha y un exilio forzado por la falta de identidad legal

Amada fue la primera niña trans del Ecuador en reclamar judicialmente la garantía de este derecho con tan solo nueve años de edad. Hoy, con 17 años y viviendo en el exterior como resultado de las barreras institucionales para el ejercicio de su identidad en su país, esta decisión llega de forma tardía pero significativa y se convierte en un precedente en el Ecuador para el reconocimiento legal de la identidad de género de niñas, trans children and adolescents.

Autonomía progresiva: el derecho a decidir sobre la identidad sin esperar a los 18 years

La Dirección Nacional del Registro Civil impidió el reconocimiento legal de la identidad de Amada, argumentando el requisito de mayoría de edad establecido por la legislación ecuatoriana. Nevertheless, la Corte Constitucional ha seguido los parámetros establecidos en la sentencia 4-24-CN/26 —que declaró inconstitucional la exigencia de mayoría de edad para estos casos— y ha fallado a favor de Amada.

En su decisión, la Corte Constitucional reconoció la voluntad persistente de Amada de modificar su identidad registral, el acompañamiento de sus padres, y la madurez suficiente para tomar esta decisión, respaldada por peritajes psicosociales.

Reparaciones pendientes: el posicionamiento de la Red frente a las deudas estructurales del fallo

Desde la Red de litigantes LGBTI+ de las Américas celebramos este logro tras largos años de batallas legales lideradas por nuestra organización integrante, la Fundación Pakta.

Insistimos en que el reconocimiento legal de la identidad de género de niños, girls and adolescents, debe basarse exclusivamente en el consentimiento libre, voluntario e informado, sin que se deban exigir certificados médicos ni psicológicos; tal como lo afirmó la Corte IDH en su Opinión Consultiva 24/17. Therefore, observamos con preocupación que la Corte Constitucional decidiera no imponer medidas de reparación transformadoras para garantizar el derecho a la identidad y la personería jurídica de las infancias trans en Ecuador, a propósito del caso de Amada.

On the other hand, saludamos el salvamento de voto del Juez Raúl Llasag, que en una carta dirigida a Amada pidió disculpas por el trato dado a su caso como un trámite administrativo y no como un examen cuidadoso del derecho a la identidad. In addition, reconoció su lucha por la igualdad y la dignidad, señalando que la petición de Amada era justa: vivir con coherencia sin tener que explicar su vida íntima en cada espacio.

Ecuador y el Sistema Interamericano: un avance regional en la protección de las niñeces trans

Esta sentencia junto con la 4-24-CN/26 constituyen hitos importantes que sientan bases a la jurisprudencia constitucional en cuanto a la reafirmación de la protección de la identidad de género de adolescentes trans en Ecuador. También muestran avances en el cumplimiento de las obligaciones internacionales de Ecuador adquiridas al ser parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y, la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, de acuerdo a los estándares fijados por el sistema regional y el sistema universal de derechos humanos.

Recordamos que en la audiencia temática sobre Situación de derechos de la niñez y familias LGBTIQ+ en Ecuador del 2022, en la que Fundación Pakta expuso el caso de Amada, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos señaló la necesidad de actuar con prontitud para asegurar que la legislación y políticas públicas se ajusten a los estándares internacionales a favor de los derechos de la niñez trans y reafirmó el deber de los Estados de implementar la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte IDH.

Besides, el Comité de los Derechos del Niño en su exámen al Estado de Ecuador, en 2025, lo exhortó a reconocer y erradicar la discriminación estructural y la estigmatización que sufre la niñez trans en el país y adoptar medidas destinadas a modificar los estereotipos de género con el fin de prevenir y eliminar la discriminación en todos los ámbitos de su vida.

¡Consulta la sentencia 1313-19-JP/26 de la Corte Constitucional de Ecuador acá!




Litigants Network