La Red de Litigantes LGBTI+ de las Américas exhorta al Tribunal Constitucional de la República Dominicana a declarar inconstitucionales las normas que criminalizan la homosexualidad en las fuerzas canstrenses

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El 30 de agosto del 2024 el Tribunal Constitucional de República Dominicana, en audiencia pública, dió inicio al trámite de la acción en inconstitucionalidad presentada por el integrante independiente de la Red de Litigantes, Anderson J. Dirocie De León y su colega Patricia Santana Nina; en contra de las disposiciones de los Códigos de Justicia Policial y de la Fuerzas Armadas de la República Dominicana que sancionan las relaciones sexuales consentidas entre personasdel mismo género.

En este espacio, los accionantes señalaron al Tribunal que la criminalización de conductas homosexuales vulnera los derechos a la igualdad y no discriminación; a la dignidad humana al libre desarrollo de la personalidad; a la no injerencia en la vida privada, al acceso a la función pública, así como el derecho al trabajo de las personas integrantes de estos cuerpos castrenses con orientaciones sexuales no normativas. Y enfatizaron la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de las normas solicitando su expulsión del ordenamiento jurídico dominicano. Por su parte, la Procuraduría General rindió una opinión favorable a la solicitud de los accionantes, indicando que las disposiciones demandadas vulneran abiertamente el principio de igualdad y no discriminación junto con otros derechos fundamentales contenidos en su Constitución y tratados internacionales de Derechos Humanos suscritos por la República Dominicana.

El Senado y la Cámara de Diputados de la República no se pronunciaron sobre el fondo y dejaron a la libre apreciación del Tribunal la declaración de inconstitucionalidad de la norma. Cabe recordar que existen en la región precedentes importantes desarrollados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, vinculantes para República Dominicana, como su decisión en el caso Flor Freire vs Ecuador. Al resolver dicho caso, la Corte IDH señaló que las sanciones por sostener relaciones sexuales para miembros de instituciones militares que sean únicamente aplicables a personas homosexuales, generan una presunción de discriminación por motivos de orientación sexual que tiene como efecto la arbitraria exclusión de la participación de estas personas de las fuerzas armadas.

La acción de inconstitucionalidad también ha contado con el apoyo de distintos escritos presentados en calidad de Amicus Curiae por organizaciones de la sociedad civil, entre ellas, la Red de Litigantes LGBTI+ de las Américas y Colombia Diversa, que le compartieron al Tribunal el análisis realizado por la jurisprudencia comparada colombiana, en un caso similar, sobre la protección de personas con orientaciones sexuales no normativas dentro de las fuerzas castrenses, exhortando a recoger los razonamientos jurídicos desarrollados por la Corte Constitucional de Colombia en relación con la normativa discriminatoria que en el pasado existió en dicho país contra las diversidades sexuales dentro de las fuerzas armadas.

Instamos al Tribunal Constitucional Dominicano a declarar la inconstitucionalidad de estas disposiciones y a eliminarlas de su ordenamiento jurídico por ser discriminatorias ya que constituyen una injerencia estatal arbitraria en la vida privada, en el libre desarrollo de la personalidad y establecen una diferenciación por motivo de la orientación sexual, que lleva a la exclusión de integrantes de las Fuerzas de Policía y de Fuerzas Armadas con orientaciones sexuales no normativas.

 

 En el vídeo anclado a esta publicación puede ver la audiencia y aquí descargar el amicus curiae de la Red de Litigantes LGBTI+ y Colombia Divers

Red de Litigantes